Septiembre: Mes del Testamento

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Desde hace 17 años (2002) la Secretaría de Gobernación ha impulsado de manera conjunta con el Notariado Mexicano, la campaña Septiembre: Mes del Testamento, la cual tiene la finalidad de proteger a la familia y a su patrimonio fomentando la cultura del testamento. Durante este mes los notarios de todo el país reducen sus costos hasta en un 50% y amplían sus horarios de atención.

De acuerdo con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM) solo un poco más de cinco por ciento de la población mexicana que está en edad para otorgar testamento lo ha hecho, por lo que aún queda un largo camino por recorrer en lo que a cultura de previsión se refiere.

¿Qué es un testamento?

Es un acto jurídico en el cual uno designa, ante un notario, a las personas que a nuestro fallecimiento serán dueñas de nuestros bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de nuestro patrimonio.

Nadie tiene la vida comprada, y por eso no sabemos cuándo podemos faltarle a nuestra familia y lo mínimo que podemos hacer es dejar las cosas en orden, evitándoles largos trámites, gastos, complicaciones y riesgos.

Por lo tanto, un testamento también puede definirse como un acto de amor y de responsabilidad para nuestra familia, disminuyendo el riesgo de conflictos familiares y asegurando que nuestro patrimonio se entregue a las personas que nosotros designemos. Además de proteger, en el caso, a nuestros hijos menores de edad, ya que a través de él podemos nombrar a sus tutores.

El CNNM brinda algunas recomendaciones a considerar al momento de realizar tu testamento:

– Acude al notario público certificado de tu elección.

– No es necesario listar o relacionar todos los bienes que posees al otorgar un testamento, ni presentar documentación que acredite que son de tu propiedad.

– Cuando acudas al notario deberás proporcionar la siguiente información:

  • Nombre
  • Datos generales (lugar, fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación y domicilio)
  • Estado civil
  • Identificación oficial y CURP
  • Nombres completos de tu familia, incluidos padres, cónyuge e hijos
  • Notificar si eres una persona con alguna discapacidad para ver, oír, hablar o firmar

– Deberás definir a las personas que deseas nombrar como herederos. Si los herederos son dos o más es necesario que menciones la proporción en que cada uno de ellos participará en la herencia.

– En caso de querer heredar algún bien específico a una persona si deberás especificar de qué bien se trata.

– Como testador puedes nombrar uno o más albaceas para dar cumplimiento a lo dispuesto en el testamento, lo único que necesitas es designarlo por su nombre.

– Los padres que tengan la patria potestad sobre los hijos menores de edad pueden nombrar en su testamento a uno o más tutores para que a su muerte cuiden de sus hijos y los bienes de éstos.